SE DICTA AUTO MEDIANTE EL CUAL DE la revisión de las actas se evidencia que el presente expediente aún se encuentra en curso, y que la ciudadana MARIA DE FATIMA GOMEZ DE LUY no tiene carácter acreditado en autos para actuar en la presente causa, siendo así éste Tribunal conforme a lo dispuesto en la citada norma NIEGA las copias certificadas solicitadas por IMPROCEDENTE.