El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante escrito presentado el 14/11/2024, por el presunto agraviado abogado Pedro Antonio Rosales Guerrero, en contra de la decisión definitiva dictada el 11 de noviembre de 2024, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada el once (11) de noviembre de 2024, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado PEDRO ANTONIO ROSALES GUERRERO, en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL EL COUN.....