CONDENA al ciudadano YENDRY JOSE YEDRA YEDRA, ampliamente identificado al inicio, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 ambos del Código Penal respectivamente, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, asimismo a cumplir la pena accesoria de inhabilitación política mientras dure su condena, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 ordinal 1° Eiusdem.