Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por el ciudadano HERNAN MENDOZA MEDINA, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio sobre unas mejoras de bienhechurías edificadas a sus solas y únicas expensas sobre un lote de terreno que es municipal, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicado en: Calle Real de Montesano, Sector El Trébol, casa s/n, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado Vargas, tal como se evidencia del documento de Titulo Supletorio evacuado por ante el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, signado con el N° WP12-S-2015-001879; vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas NO ES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO V.....