DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este Tribunal Primero en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCION al joven IDENTIDAD OMITIDA, el cual fue declarado responsable penalmente por Sentencia Definitivamente firme del delito de LESIONES GENERICAS EN RIÑA, previsto en el artículo 413 en concordancia con el 425 del Código Penal Venezolano y condenado a cumplir las Medidas de: LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de un (1) año, se fija para el día 12 /03/2009, a las 11:00 horas de la mañana la Imposición de esta Ejecución de Sentencia, con todas sus orientaciones.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese. Líbrese la correspondiente boleta de traslado.-