El presente procedimiento se inició por demanda propuesta por el ciudadano DIEGO DAVID VARELA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.664.558, debidamente asistido por el abogado JULIO ARSENIO MORA CUELLAR, inscrito en el IPSA bajo el N° 17.274, contra la ciudadana TERESA DE JESUS VARELA VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-4.632.487, por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado; admitida en fecha 14 de Febrero de 2022.
Ahora bien, en fecha 15 de Febrero de 2022, mediante diligencia la parte demandada se dio por citada procedió a dar contestación y reconoció en todas y cada una de sus partes el contenido y la firma correspondiente del documento de venta de un inmueble inserto en el expediente, de igual forma manifestaron de manera voluntaria, libre de coacción y en pleno uso de sus facultades, que el contenido del documento es cierto y que es su firma y huella dactilares, así como también renunció a todos los lapsos y r.....