En consecuencia, se ordena la apertura del juicio oral y público en la presente causa seguida en contra de los ciudadanos , por su presunta participación en la perpetración de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE HURTO Y ROBO, tipificados en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, 3 y artículo 9 respectivamente de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor; y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal.