En este estado el Tribunal visto el convenio efectuado por las partes asi como lo solicitado por las mismas, acuerda abstenerse de la practica de la presente medida de Embargo Preventivo, asimismo, acuerda agregar la factura N° 009533 del 01 de junio de 2007, constante de 02 folios utiles, acta de instalación de fecha 25 de febrero de 2008, acta de reunión de Junta Directiva de fecha 17 enero de 2008, constante de 01 folio útil y copia fotostática simple de los Estatutos Sociales de la demandada, todos consignados en este acto por la parte demandada.