En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ACUERDA la solicitud formulada por el defensor privado Dr. ALBERTO JOSÉ BOSCAN PÉREZ y en virtud de ello se DECRETA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, impuesta al acusado: TEER ABOU ASALLY ALMATNY, identificado al inicio de la presente, en consecuencia a el mismo se le exonera de seguir cumpliendo con la medida cautelar sustitutiva de libertad, referida a la prohibición de salida del país sin autorización del tribunal y solo deberá comparecer con el llamado del Tribunal a los fines de efectuar las Audiencias que así lo determine el Tribunal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
A los fines de garantiza.....