En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado JOSE OMAR DURAN CRUZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 19/03/1953, de 60 años de edad, Profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 4.117.794, residenciado en Playa Grande calle 5 y6 casa Nº 20, frente del módulo Policial de Polivargas, Estado Vargas, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 28/06/2013, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 50 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Libre de Violencia.