DISPOSITIVA.-
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano LUÍS ESTEBAN FERNÁNDEZ SUÁREZ, titular de la cédula de identidad Nro. 18.931.106, quien es de nacionalidad Venezolano, natural del Estado Vargas, nacido el 22-05-1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio tramitador de aduanas, residenciado en la prolongación Soublette, sector la Oliva, calle Ricaute, Catia La Mar, estado Vargas, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 497, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y DOS (02) DIAS, en relación con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de .....