El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha catorce (14) de febrero de 2024, por la apoderada judicial de la parte actora, abogada Iraima Y. Ibarra S., contra el auto de admisión de pruebas dictado el nueve (09) de febrero de 2024 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado nueve (09) de febrero de 2024 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS del recurso a la parte actora recurrente, conforme a lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Quedó así CONFIRMADO el auto recurrido.