de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, pero modificando el ingreso mensual de los fiadores a VEINTE (20) unidades Tributarias, para cada fiador, medida esta decretada en contra del acusado: CAMPOS SALCEDO HENRY JOSE, venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 11-06-85 y titular de la cédula de identidad 18.027.448..CUMPLASE.
Regístrese. Notifíquese a las partes, en Macuto a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del 2005.