Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia incoado por la representación judicial de la parte actora, mediante diligencia de fecha 31 de mayo de 2017, contra la decisión proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 26 de mayo de 2017. En consecuencia, el competente para seguir conociendo de la presente causa es el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al que corresponda por distribución.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA con distinta motivación la referida decisión de fecha 26 de mayo de 2017, objeto del recurso......