Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos MARINA MANTILLA DE MALDONADO, LUZ MARINA MALDONADO MANTILLA Y JOSÉ AGUSTÍN MALDONADO MANTILLA; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 120.835, V- 6.900.212 y V- 6.034.073, en su condición de cónyuge la Primera e Hijos los demás; el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSÉ AGUSTÍN MALDONADO MORENO, quien falleció Ab Intestato