este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA TACHA DEL TESTIGO ALEXIS ARTURO CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº 7.994.168, formulada por el profesional del derecho, Gilberto Chacón Laya, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano WILLIAM BENITO MAYORA LADERA, titular de la cédula de identidad Nº V-4.116.485, en contra de la entidad de trabajo Sociedad Mercantil PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. con motivo de enfermedad ocupacional, en consecuencia, se condena a la referida entidad de trabajo a pagarle al ciudadano WILLIAM BENITO MAYORA LADERA, la cantidad total de QUINIENTOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (500.877,36) que .....