Este Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO, a favor de los ciudadanos RAFAEL SERRANO TORRES Y NELSI ABIGAIL GOMEZ QUINTERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.484.664 y V-13.588.438 respectivamente, sobre las bienhechurías descritas en el Informe de Inspección Nº DPPCUC-OMTU-765-2023, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.