PRIMERO: CON LUGAR la demanda de cobro de bolívares por vía de intimación incoada por ARMANDO AUGUSTO CHAPARRO GONZALEZ contra los ciudadanos FREDDY OMAR SALCEDO OLIVARES, VILMA YAHAIRA BURGOS DE SALCEDO Y ADOLFO BURGOS ROA.
SEGUNDO: se condena a los codemandados a cancelar la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.6000.000,00) por concepto de capital, del préstamo respaldado por el pagaré debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Cuarta de San Cristóbal, el fecha 18 de abril de 1997, bajo el Nº 20, Tomo 43 de los libros de autenticación llevados por esa Notaria.
TERCERO: se condena a los codemandados a cancelar los intereses convencionales a razón del uno por ciento (1%) mensual, desde la fecha de autenticación del pagaré, hasta la fecha de la efectiva cancelación, que hasta el 19 de mayo del año en curso alcanza la cantidad de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.5.820.000,00). Que de la operación realizada se desprende que dicho porcentaje equival.....