Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana ROSA MARIA HERNANDEZ DE REMOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.677.270, domiciliada en Urbanización Luis Abad Buitriago calle 7 N° 9, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando a favor de su hija: ..., en contra del ciudadano: MARCO ANTONIO REMOLINA ORTÍZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 15.085.777, con domicilio en la Urbanización Campo Alegre, carrera 7 N° 13-51, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira. Y en consec.....