Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRAADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Incumplimiento de Obligación de Manutención que formulara la Ciudadana: ANGERAMI SANTOS DENISSA ANDREINA, en beneficio del Niño MARCO ALEJANDRO NIÑO ANGERAMI, en contra del Ciudadano: DILCON DANIELO NIÑO COLMENARES.
SEGUNDO: Se ordena que el Ciudadano: DILCON DANILO NIÑO COLMENARES, cancele a la brevedad posible la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 2.700,00), la cual corresponde a pensiones atrasadas desde el 01 de Enero de 2.007 al 30 de Junio de 2.008; mediante deposito directo en la cuenta de ahorros de Banfoandes N° 0007-0045-22-0010147296 a nombre de la Ciudadana: ANGERAMI SANTOS DENISSA ANDREINA, en beneficio del Niño MARCO ALEJANDRO NIÑO ANGERAMI.
TERCERO: Se mantiene vigent.....