DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda sustituir la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en contra del ciudadano LUIS ALFONSO ALTUVE ESPINOZA, imponiendo en consecuencia al ciudadano LUIS ALFONSO ALTUVE ESPINOZA, las medidas cautelares sustitutivas de libertad establecidas en los numerales primero y segundo del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenando su detención domiciliaria, la cual será debidamente vigilada mediante patrullaje policial que al efecto designará este despacho, quedando sometido a la vigilancia de la ciudadana Irene del Carmen Altuve de Méndez, titular de la cédula de identidad número V-3.560.293, medidas previstas en los ordinales primero y segundo del artículo 256 del Código Orgánico.....