DECLARA SIN LUGAR EL CESE DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en contra del ciudadano CARLOS ISAIAS GARCIA ROJAS, quien dice ser de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira Estado Vargas, nacido en fecha 09/09/1989, de estado civil soltero, de profesión u oficio Desempleado, titular de la cedula de identidad N° 20.006.883, hijo de Ernesto García (V) y de Ana Rojas (V) y con residencia en: Bloque 2, piso 12, apartamento 25-B, La Páez, Parroquia Catia La Mar, estado Vargas, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1 y 413 ambos del código Penal, respectivamente, por mantenerse en la actualidad lo supuestos que motivaron el decreto de dicha medida,