MODIFICA la decisión dictada en fecha 09/07/2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos LUIS MIGUEL NAVARRO PEREIRA, y FELIX ALBERTO RINCON YBARRA, titulares de la cédulas de identidad Nº V-19.379.829 y V-19.022.009, respectivamente y, en su lugar se les IMPONE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA prevista en el numeral 3 del artículo del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, ante los cual deberán presentarse cada 30 días por un período de 8 meses, como COAUTORES en la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RAFAEL GAMERO.
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensa Pública.