PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE COBRO DE BOLÍVARES POR DAÑOS MATERIALES PROVENIENTES DE ACCIDENTE DE TRANSITO interpuesta por el ciudadano ÁNGEL REINEL DURAN BARRERA, titular de la cédula de identidad número V-11.373.390, contra el ciudadano HELEODORO PÉREZ RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad número V-4.629.178.
SEGUNDO: se CONDENA al demandado ciudadano HELEODORO PÉREZ RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad número V-4.629.178, a pagar la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 5.300.000,00) por concepto de los daño materiales ocasionados al vehículo Marca CHEVROLET; Modelo MALIBU; Año 1979, Color BLANCO; Clase AUTOMIVIL; Tipo SEDAN; Uso PARTICULAR; Placa SBD-770; Serial de Carrocería 1T19MJV208319; Serial de Motor MJV208319, propiedad del demandante según documento autenticado ante la Notaria Pública Quinta de San Cristóbal, bajo el número 03, Tomo 105, folios 05-06, daños ocasionados por un vehículo de su propiedad que tiene las siguientes característica.....