DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, quien suscribe en mi carácter de Juez Presidente de la Sala, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por la Abogada ARBELY AVELLANEDA MORALES, Juez Integrante de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, en fecha 14 de noviembre de 2024, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, envíese copia certificada de la misma a la Juez Inhibida, déjese copia en el archivo y procédase a efectuar la respectiva convocatoria del Juez Integrante de la lista de suplentes, para que previa aceptación se constituya en la Sala Accidental, que ha de conocer la presente causa.