Primero: Declara sin lugar la recusación propuesta por el abogado José Ernesto Chávez Medina, contra la Jueza superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Abogada Aura María Ochoa Arellano, con fundamento en las causales 12 y 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión a la Jueza Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y a los Juzgados Superiores Primero, Tercero y Cuarto de esta Circunscripción Judicial.
Se impone a la parte recusante una multa de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00), conforme a lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, cuya ejecución queda a cargo de la Jueza Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protecci.....