Celebrada como ha sido la Audiencia de Calificación de Flagrancia, el día de hoy 19 de Diciembre del 2.005, presente las partes: La ciudadana Juez, Abogada Dilia Erundina Daza Ramírez, la ciudadana Fiscal Decimoséptima del Ministerio Público, Abogada Isol Abimilec, el adolescente imputado (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), previo traslado por el órgano legal correspondiente, la Defensora Privada, Abogada Ana Celis Rodríguez, y el Secretario del Tribunal, Abogado Fernando Francisco Laviana Medina. Se dictó decisión mediante la cual: PRIMERO: DECLARÓ CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público, por el hecho ocurrido el día 18/12/2005, en las circunstancias de tiempo, lugar y modo, que ya han sido mencionadas en la presente acta y en la que figuran como imputado el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458.....