NIEGA la solicitud interpuesta por el Defensor de Confianza del acusado VICTOR ALEJANDRO RANGEL MAITA, arriba identificado, en el sentido que se le otorgue la libertad plena o se le imponga una medida cautelar sustitutiva ya que no ha habido violación por parte del Ministerio Público del lapso para presentar la acusación, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.