Se le otorga la medida cautelar prevista en el artículo 582 literal “a”, la cual consiste en arresto domiciliario, bajo la custodia y cuidado de la madre, la ciudadana Emilia Espinoza, la cual debe comparecer ante la Sede de este Tribunal cada quince (15) días, a los fines de informar sobre el cumplimiento de dicha medida y del comportamiento del adolescente.