ABSUELVE al ciudadano MÍGUEL ANGEL MOGNA MOLERO, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 22-04-1971, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Abogado, hijo de Miguel Ángel Mogna Bajares (F) y Hidilia América Molero, residenciado en Nueva Casarapa, Guarenas, Conjunto residencial la Floresta, Planta Baja, Apto. 1-B-14 y Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.270.357, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Carmen Maria Castellano y su núcleo familiar, todo de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal, en consecuencia, se ordena su libertad plena y el cese de las medidas cautelares sustitutivas de libertad acordadas por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14 de junio del.....