En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el ciudadano FELIX ANTONIO BRAVO MAYOL, titular de la cédula de identidad Nº V-3.768.287, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.883, actuando bajo su propio nombre y representación, contra la sentencia dictada en fecha doce (12) de febrero de 2020, por el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira. Así se decide. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha doce (12) de febrero de 2020, por el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, con distinta motiva.....