Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: DECRETA LA REMISIÓN de la presente causa a favor de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); de conformidad con lo previsto en el literal ?c?, del artículo 569 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en consecuencia, se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en su favor, de acuerdo con el numeral 5 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a las partes. Una vez firme la presente decisión, remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal.
ABG. DILIA ERUNDIN.....