administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 31 de enero de 2006, por la abogada ANA DE LA CONSOLACIÓN QUINTERO ESCALANTE, coapoderada judicial de la parte demandante ciudadana CARLA FIDELINA MANZULI, ya identificadas, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 25 de enero de 2006.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana CARLA FIDELINA MANZULI, contra la Empresa C.A. HIDROLÓGICA DE LA REGIÓN SUROESTE, HIDROSUROESTE.
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión apelada.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Pu.....