DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVISA la medida de privación judicial preventiva de libertad Decretada por este Juzgado al ciudadano MICHEL JUNIOR LOPEZ TORME, portador de la Cedula de Identidad N° 23.597.160. Y DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del mismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 264 ejúsdem Código Orgánico Procesal Penal. Se declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía. Sexta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, diarícese, notifíquese, déjese copia de la presente, líbrese el correspondiente Boleta de Excarcelación
LA JUEZ (S) DE CONTROL NRO. 5
ABG. JUDITH NIETO DE OCHOA
LA SECRETARIA
ABG. NATHALY RODRIGUEZ