En base a las razones y fundamentos expuestos, y en atención a los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de Acta de Nacimiento; En consecuencia el Acta de nacimiento No.1484 de fecha 31 de octubre de 1953, asentada originalmente en los libros de Registro Civil del Municipio San Sebastian, Distrito San Cristóbal, actualmente Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; perteneciente a "GERARDO JOSE RUIZ MEDINA"; queda rectificada en el sentido que el nombre y edad para el momento de la presentación de la madre es ANA DEYENIRA MEDINA DE RUIZ y de 21 AÑOS DE EDAD, Y NO como erróneamente aparece en dicha acta es decir, ANA DELMIRA MEDINA DE RUIZ y de 31 AÑOS DE EDAD; Líbrense oficios respectivos anexándose c.....