CONDENA al acusado Juan Carlos Barcela Pérez, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el ordinal 3 del artículo 455 Código Penal vigente, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Y así se decide.
Segundo Se condena igualmente al acusado a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente, y la contenida el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo previsto en el artículo 34 del Código Penal, lo cual arroja la cantidad de VEINTE MIL SETENCIENTOS VEINTE (Bs. 20.720,oo). Y ASI SE DECIDE.
Tercero: En base a la pena impuesta y al tiempo que tiene detenido el acusado Juan Carlos Barcela Pérez, se fija provisionalmente el cumplimiento de la pena par.....