Este Tribunal Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo (Coordinación del Trabajo) de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha dos (02) de Mayo del año dos mil seis (2.006), por la profesional del derecho NINOSKA SOLORZANO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha veintisiete (27) de Abril del año dos mil seis (2.006). En consecuencia:
SEGUNDO: Se modifica la decisión dictada por el Tribunal A-Quo, en la cual declaró Parcialmente con Lugar la demanda intentada por la ciudadana OLEOMARY CECILIA ROJAS BRAVO en contra de la empresa INSTITUTO MEDICO DE OBESOLOGIA.....