SE DECLARÓ CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos ZULAY COROMOTO LUGO CORREA y JESUS OMAR CARILLO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad números V-9.998.231 y V-6.491.053 respectivamente, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Distrito Federal (hoy estado Vargas), según Acta N° 182, Folio 182, en fecha dieciséis (16) de noviembre de 1990, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil