En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Decide:
PRIMERO: Se declara Sin Lugar la petición de Perención de la Instancia realizada por el abogado ELBANO REVEROL BRICEÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.147.123, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.121, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARÍA JUANA NAVAS de PAZ, MARISOL PAZ de SANTANDER y RICHARD MIGUEL PAZ NAVAS, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nos. 1.534.823, 9.377.586 y 9.337.587 en su orden, parte demandada en la presente causa, en el escrito de contestación de la demanda presentado en fecha 15 de julio de 2009.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PÚBLIQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL, de conformidad con lo dispuesto en los ar.....