PRIMERO: DESESTIMA LA CALIFICACION DE LA FLAGRANCIA en la aprehensión de la ciudadanos JOSE DOMINGO URIBE ESPINEL, quien dice ser de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Durania, República de Colombia, nacido en fecha 05 de Febrero de 1.967, de 42 años de edad, hijo de Rafael Uribe (f) y Mirian Espinel (v), titular de la cedula de Ciudadanía N° CC.-5.440.665, soltero, de profesión u oficio albañil, sin residencia fija en el país, ROMAN DARIO URIBE ESPINEL quien dice ser de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Durania Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 07 de Mayo de 1.974, de 33 años de edad, hijo de Mirian Sofía Espinel (v) y Rafael Uribe (f), titular de la cédula de ciudadanía N° 88.220.629, soltero, de profesión u oficio albañil, sin residencia fija en el país, en la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218, numeral 3° del Código Penal en perjuicio de la cosa pública, por.....