DISPOSITIVA.-
Con base a la motivación precedente este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA, el otorgamiento de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena referida al Régimen Abierto, requerida a favor del ciudadano VELLA OLIVER, quien es de nacionalidad Italiano, nacido el 30-10-1978, de estado civil soltero, de profesión u oficio cocinero, portador del pasaporte de la Comunidad Europea (MALTA) Nro. 827569, en virtud de no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, ley que por principio Constitucional ha establecido en el artículo 24, que el artículo 500 ejusdem, es el que corresponde aplicarse en la causa in comento, por ser el más favorable, ni en el artículo 488 de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 15-06-2012, que es el vigente en estos m.....