DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, debido a la MUERTE, del adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, Titular de la cedula de Identidad N° V- 19.914.729, quien falleció el día 27/ 08/ 2006, el cual se encontraba cumpliendo la sanción de Libertad Asistida, Reglas de Conducta por el lapso de Un (01) año, por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal H de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.