Anunciado el acto en la forma y oportunidad de ley, se procede a verificar la asistencia de las partes, en donde se dejó constancia de la incomparecencia de la parte accionada apelante ni por si ni por medio apoderado alguno. Asimismo se deja constancia de la comparecencia del profesional del derecho ROOMER A. ROJAS LA SALVA, e inscrito en el I.P.S.A bajo el número Nº. 51.438. Ante esta incomparecencia de la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual expresamente señala: "En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente" (Subrayado Nuestro), DESISTIDA la apelación. En cons.....