Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declara con lugar la demanda de divorcio interpuesta por JUAN PABLO COLMENARES MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-3.999.407, contra la ciudadana AMANDA MONTOYA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.032.583, fundamentada en la causal segunda del artículo 185 Código Civil.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos JUAN PABLO COLMENARES MARQUEZ Y AMANDA MONTOYA, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Páez del Estado Apure bajo el N° 16 de fecha 10 de Abril de 1997.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado .....