Con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho, como de derecho, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que la ciudadana MARISOL MORA DE CANTOR, venezolana, casada, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-17.128.989, antes de nacionalidad colombiana, con cédula de ciudadanía No. 60.403.822, domiciliada en el Municipio Bolívar, Estado Táchira y hábil, a partir de la publicación del presente fallo, junto con la publicación que se mencionará en el punto siguiente; es para todos los efectos jurídicos, expuestos por la misma y una vez que cumpla las formalidades de ley exigidas por este Tribunal, la Administradora Temporal de la firma personal denominada: FÁBRICA DE TABACOS LA INDIA TIBISAY, inscrita ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, anotada bajo el No. 109, .....