PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda por desalojo, propuesta por AMAYA PRIETO MARIA RITA y AMAYA DE MEIXEIRA MARIA DEL ROSARIO, en nombre propio y en representación de los demás copropietarios del inmueble, contra la ciudadana ZOILA ROSA DE LA PAVA NARANJO.
SEGUNDO: Se DECLARA CON LUGAR el desalojo del inmueble que como arrendataria ocupa la demandada ZOILA ROSA DE LA PAVA NARANJO, constituido por una casa para habitación, constante de cuatro (4) habitaciones, un pasillo, un (1) baño, sala, cocina comedor, área de servicios, ubicada en el Barrio 23 de Enero, signado con el Nro. 6-14, Jurisdicción de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
TERCERO: Por cuanto la presente demanda tiene su fundamento en la causal expresada en el literal "b)" del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, se concede a la parte demandada un lapso de seis (6) meses, para la entrega material del inmueble indicado, contados a partir de la notificación .....