De acuerdo a las consideraciones expuestas este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la LeydeclaraCON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, en consecuencia, quedaDISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, existente entre los ciudadanos:JOSE ANTONIO DEMECIO PRATO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.342.504 contra la ciudadana ANA YUSBETH CORREDOR PRATO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.499.542.-
En razón de lo expuesto, por las partes interesadas en el proceso y cumplidos como han sido los extremos de Ley, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LOS CIUDADANOS:JOSE AN.....