En base a los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de los demandados ciudadanos GIUSEPPE IOZZIA CATITTI, titular de la cédula de Identidad Nro. E-767.873 y ELVIRA JOSEFINA MARTINEZ DE IOZZIA, titular de la cedula de identidad N°V-4.119.936, hasta cubrir la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS UN BOLIVARES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (BS. 3.201,37), suma esta que comprende el doble de la suma adeudada, más la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES CON TRES CENTIMOS (291,03), por concepto de costas calculadas en un 20% suma está incluida en la anterior. Con la advertencia que si la medida recayere sobre cantidades liquidas de dinero se embargará la cantidad de MIL SETECI.....