DISPOSITIVA
En méritos a las anteriores consideraciones, este JUEZ UNIPERSONAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE
PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Revisión Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana ELLY BALBINA IBAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.993.814 en contra del ciudadano FRANCISCO PICCOLO FARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.484.132, de éste domicilio a favor de los adolescentes FRANCISCO ANDRES y ANDREINA PICCOLO IBAÑEZ, en consecuencia se ratifica lo acordado por ambos ciudadanos por ante la Sala de Juicio Nº 02 del Tribunal de Protecciòn del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado vargas, en fecha 04 de Febrero del 2003.-