Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescente del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Revisa la Medida de Semi libertad, impuesta en fecha 10 de Agosto de 2.006, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio de la sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, previsto en el artículo 416 Ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos L.L.P., J.C.F, R.E.F., J.G.H., D.E.S., L.AS., J.R.A., R.A.R. y G.S.
Segundo: Declara con lugar la solicitud de la defensa y modifica el cumplimiento de la medida de Semilibertad impuesta al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 54.....